
La mascarilla va dejar de ser obligatoria en espacios interiores a partir del día 20 de abril, después tras publicarse en el BOE.
700 días después de que se implantara la obligatoriedad, tan como anunciaban algunos periódicos. Pero hay que matizar, pues hay algunos sitios excepcionales donde va a seguir siendo obligatoria.
-En centros, servicios y establecimientos sanitarios. Exceptuando personas que estén ingresando siempre que estén en sus habitaciones.
-Centros sociosanitarios. Incluidas alas visitas y los trabajadores. Excepto los residentes, para estos no es obligatoria.
-Y por último en todo el transporte público. Aunque no hace falta por ejemplo en los andenes os trenes.
Hay también en los que no se exigirá en los casos anteriores. Estos son:
a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Por supuesto, quien quiera podrá seguir llevándola. Mi recomendación, que en sitios donde no se pueda guardar la distancia de seguridad, seguir usándola, al menos de momento.